martes, 23 de octubre de 2007

CORRUPCION JUDICIAL



  • Publicado en LA NACION ed. impresa: Opiniσn
  • Domingo 13 de febrero de 2005

  • Nota
  • Editorial I
  • Rehenes de la Justicia

  • La corrupciσn en la Justicia se manifiesta de muchas maneras: normalmente, cuando se alude a ella, se piensa en coimas o en sobornos. Pero hay ocasiones en que unos pocos jueces recurren a otra clase de prαcticas, tan reprobables y daρinas como aquιllas.

  • En el curso de esta semana, LA NACION revelσ que el Congreso Nacional sancionσ una ley por la cual se modificaron los tιrminos de prescripciσn de las acciones penales.

  • Ello suscitσ un fuerte debate. Algunos jueces acusaron de irresponsables a los legisladores por haber favorecido la impunidad. Pero, a su vez, los diputados y senadores recordaron -con razσn- que ciertos magistrados dilatan indebidamente y con fines subalternos la sustanciaciσn de los procesos. Asν, sale una vez mαs a la luz la aberrante metodologνa que usan algunos jueces, que consiste en "cajonear" expedientes para extorsionar a los justiciables.

  • Algunas causas judiciales, originadas en denuncias -a veces anσnimas- contra particulares o funcionarios, permanecen estacionadas o "dormidas" en expedientes celosamente guardados, cuya sustanciaciσn es demorada deliberadamente con el solo objeto de mantener a los acusados bajo amenaza o al alcance de una posible extorsiσn.

  • En esos casos, el momento de la sentencia que decide la controversia y despeja cualquier duda sobre la conducta del imputado sσlo llega despuιs de muchos aρos de espera o quizα de dιcadas. O, sencillamente, la esperada sentencia no arriba nunca.

  • Esta circunstancia, que en determinadas ocasiones tiene al imputado por vνctima, se agrava cuando el Poder Judicial -o, mejor dicho, algunos de sus integrantes- es tan sσlo un conducto para canalizar indebidas influencias de algϊn otro poder. Cuando un magistrado carece de valor moral o de idoneidad y utiliza el proceso legal como elemento extorsivo, se anula toda posibilidad de administrar verdadera justicia.

  • Si bien no ignoramos que sσlo nos estamos refiriendo a un grupo muy minoritario de jueces, serνa un error restar gravedad a este problema, que ya lleva varios aρos sin encontrar soluciσn.

  • Se suele decir que si bien los jueces pueden fallar correcta o incorrectamente, de buena o de mala fe, hay siempre un hecho tranquilizador y es que existen instancias superiores de apelaciσn que podrαn corregir sus yerros. Sin embargo, cuando el retardo no tiene explicaciσn vαlida y los procesos se eternizan indebidamente, ese remedio puede no llegar nunca o llegar tardνamente, cuando el justiciable sufriσ ya un serio daρo en su honor o en sus intereses.

  • Este incorrecto proceder de algunos magistrados se agrava aϊn mαs con otra prαctica tambiιn reprobable: con frecuencia, las denuncias que dan inicio a esas seudoinvestigaciones se originan en algϊn "anσnimo" o por medio de presentaciones de testaferros inescrupulosos y son direccionadas siempre hacia esos mismos juzgados.

  • Asν, las vνctimas de esta extorsiva conducta "antijudicial" viven en permanente zozobra, con una espada de Damocles sobre sus cabezas, pendientes de una resoluciσn final que el magistrado no tiene interιs alguno en pronunciar. Y si bien esas vνctimas no son materialmente secuestradas -como sν lo fueron de algϊn modo sus causas- y siguen gozando de libertad fνsica, igualmente ven cercenado su derecho a la defensa.

  • Por esa vνa, la violaciσn del debido proceso convierte a personas inocentes en objeto de presiσn en beneficio de intereses ajenos.

  • Asν como a las partes se les impone respetar los tiempos que todo proceso requiere, es lνcito reclamar que el rigor de esos plazos valga tambiιn para los jueces. Toda demora injustificada atenta directamente contra la garantνa del debido proceso legal, porque nuestra Constituciσn impone la necesidad de terminar los juicios en un tiempo razonablemente breve. Esas dilaciones injustificadas constituyen una velada denegaciσn de justicia, inadmisible bajo nuestro sistema democrαtico.

  • Que ello se deba a presiones polνticas, econσmicas, mediαticas o personales, o al deseo de tratar de edificar salvoconductos para jueces cuestionados, en nada modifica la severa reprobaciσn que merecen esas conductas. Se trata de actitudes incuestionablemente reρidas con la ιtica y con los valores jurνdicos mαs elementales.

  • Tal vez una celosa actuaciσn de los tribunales de alzada e incluso de la Corte Suprema, por la que se exija a los jueces inferiores que respeten los plazos legales para sustanciar los juicios, podrνa ayudar a solucionar ese problema. De esa manera se estarνa dando un paso mαs para que la Justicia recupere el lugar que, lamentablemente, ha perdido en parte ante la sociedad.

  • En cuanto a la ley sancionada recientemente por el Congreso, que modifica el rιgimen de prescripciones con el fin de evitar que ciertos magistrados manipulen la duraciσn de los procesos, debe lamentarse que haya sido aprobada de manera precipitada, sin el debate previo exhaustivo y profundo que toda reforma del Cσdigo Penal requiere. Aunque la intenciσn de la reforma haya sido loable, debe objetarse que una vez mαs el Congreso haya actuado con ligereza, sin dar tiempo a que la sociedad pudiera conocer el proyecto que estaba en gestaciσn.

EL PIRATA ROBY

No hay comentarios: